* LA PREVARICACIÓN


La prevaricación

La prevaricación es la acción de dictar una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia. Es un delito especial a causa de su sujeto activo, pues solo lo puede cometer un funcionario, una autoridad pública o un juez.

El autor del delito es castigado por realizar actos contrarios a los deberes inherentes de su cargo, quedando afectada su profesionalidad, confianza y responsabilidad. Como consecuencia, siempre está penado con la inhabilitación del empleo o cargo público.

Prevaricación de un Juez

La prevaricación judicial está recogida en el artículo 446, dentro de los delitos contra la Administración de Justicia. Este delito lo comete el juez o magistrado que dicte una sentencia o resolución manifiestamente injusta a sabiendas de su injusticia. Además, también se consideran prevaricación judicial las siguientes actuaciones:

  • El juez o magistrado que dicte una sentencia o resolución manifiestamente injusta por imprudencia grave o ignorancia inexcusable.

  • El juez o magistrado que se niegue a juzgar sin alegar causa legal.

  • Cuando el juez o magistrado retrasa sin justificación y de manera maliciosa la tramitación de un proceso judicial.

La prevaricación judicial está castigada en todas sus modalidades de comisión con inhabilitación especial para empleo o cargo público temporal o absoluta. Por su parte, el delito del artículo 446 está castigado, además, con pena de prisión o pena de prisión y multa.

Artículo 447 del Código Penal

El Juez o Magistrado que por imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años.

Y según esto...

Como no tengo, ni motivos ni pruebas de que la Jueza haya actuado a sabiendas de su injusticia, por muy rara que me parezca su actuación, no diré nada por ello, pero sí puedo decir que su actuación ha sido arbitraria en cuanto a tener sólo en cuenta todo lo alegado por la aseguradora, testigos, y perito médico, y declarar de intrascendente todo lo relativo a lo alegado por mi, mi mujer, y mi abogado, por mucho que demuestren que lo que alegan en favor de Ocaso es falso.


Y..., lo verdaderamente importante por lo que sí puedo decir que la Jueza ha prevaricado, porque lo puedo decir ya que hay pruebas documentales y de video, es por IGNORANCIA INEXCUSABLE, y también probablemente por imprudencia igualmente derivada.


Lo principal de su ignorancia inexcusable, es el adherirse a la falsa confirmación de la aseguradora y perito médico de que..., “ yo estuve tratándome de un cáncer desde 2010 y hasta la firma del seguro en 2012 ”. Y esta ignorancia lleva una arbitrariedad grave, al obviar, ningunear, y darle intrascendencia el que, a día de la firma del seguro, yo me hallaba dado de alta y trabajando duro, no padecía enfermedad grave alguna, y mucho menos de cáncer, y por lo tanto no estaba enfermo ni me estaba tratando ni de cáncer ni de nada grave desde 2010 y hasta Octubre de 2012.


Igualmente quitó valor a la grave incongruencia y falsedad, en la declaración del principal testigo, el que cuando fue preguntado sobre el porqué escribió una respuesta mal en una de las preguntas del cuestionario, primero alegó una incongruencia con una grave acusación hacia mi, dando una respuesta que en nada tenía que ver con la pregunta, y sí con el fin que el abogado de ocaso buscaba, algo fuera de lugar para un testigo, y muy raro, al responder que yo querría ocultar enfermedad, cuando lo que se le preguntó era otra cosa, y no lo que opinaba él sobre mis intenciones en ese cuestionario, y que seguidamente volvió a responder a esa pregunta, cuando insistió mi abogado sobre ella, en soltar un falsedad y contradicción de sí mismo, al responder que yo le dije que no tenía mas seguros, cuando él ya había declarado que sí sabía que yo tenia otros seguros porque ya se enteró allí en mi casa cuando tuvieron la conversación conmigo antes de ofrecerme el seguro de vida.

Lo realmente grave de la actuación de la jueza, es que a parte de no saber valorar con su debida importancia la trascendencia grabe de estas declaraciones del agente de seguros, es..., el que no tuviera en cuenta que este era una parte interesada en ese contrato de seguro de vida, y por lo tanto como testigo válido y verás, no podía valer, pues antepondría la declaración de una de las partes en detrimento de la otra parte del contrato, o sea, yo, y esto es grave, porque arbitrariamente, da más valor a las declaraciones de una de las partes implicadas, el asegurador, que en este caso es el agente de seguros, que actúa en nombre de la aseguradora, y por lo tanto tiene la acepción de ser la otra parte con alto interés. Si a esto le sumamos la anterior y grave contradicción, junto con otros detalles más de importancia en las declaraciones de estos agentes de seguros, tenemos que la Jueza ha tenido una actuación arbitraria grave, pues en ese juicio nunca hubo testigos verdaderos tal y como dice la ley que estos tienen que ser, unas terceras personas, objetivas y sin interés en ninguna de las partes, y allí se citaron a los dos agentes de seguros como testigos principales, cuando en el momento de la firma del seguro de vida actuaron como la otra parte implicada e interesada, luego en juicio nunca van a declarar nada que les perjudique y les pueda traer graves consecuencias, al ser ellos los culpables de haber rellenado un cuestionario con la firma sustraída de forma oculta, y por ello tener que declarar siempre a favor de la aseguradora mintiendo y alegando lo que el abogado de la compañía anteriormente prepararon.


Pero..., esperad, que hay más.


Luego tenemos una imprudencia que va de la mano de la ignorancia, y es que admita un informe de un perito médico, que tiene una grave connotación de querer confundir con engaño, falsedad, y omisiones en su desarrollo técnico-médico pericial. Porque, si grave es admitir como veraces las declaraciones de la otra parte implicada por encima de mi, más grave es dejarse llevar por un informe sin atender a si sus afirmaciones son realmente fieles con la verdad y la cronología según los informes médicos.

El informe del perito dice taxativamente que, “yo me estuve tratando de cáncer por metástasis en ganglios linfáticos desde 2010 ”, Esto..., es rotundamente falso, a parte de no aparecer en ningún informe médico mio. Ya con esta falsedad, la jueza no sólo tendría que haber rehusado ese informe médico y pericial, sino que también tuvo que actuar en consecuencia con esta grave falta de profesionalidad y honorabilidad de este facultativo perito médico. Pero..., es que aun hay más, porque no sólo dice falsedades ese informe, sino que además actúa con ocultación y mala fe, al no explicar con total transparencia y profesionalidad todo lo que viene en mis informes médicos, cogiendo sólo lo que le puede valer para confundir a la jueza, y obviando premeditadamente todo lo que le pueda perjudicar para su falsa historia montada sobre mi salud. En ese informe no explica detenidamente lo que significa el ganglio centinela, ni los resultados que sobre los análisis del lunar con melanoma que me extirparon, pero sí cogió de la jerga médica, concretamente en, “T2N0M0” , sólo lo que significa la “T”, para valerse de que esa letra significa tumor, pero del resto nada de nada, ¡ lo obvia !, ¿ y por qué ?, muy sencillo, porque le desmonta todo el castillo de naipes que ha creado sobre una mentira. Veamos, El “2” que va con esa “T” significa que en ese lunar, el melanoma no llegaba más allá de los 2 milímetros, y eso visto en el esquema de gravedad, no llega a ser grave, cuando tiene que ser de más del doble, casi medio centímetro para ser considerado grave, aunque sí al tener casi los dos milímetros ese lunar, “T2”, era a tener en cuenta para vigilar, y con ello analizarlo entero, que fue lo que se hizo arrojando nuevamente un más que satisfactorio resultado de negativo en melanoma en ganglio centinela, o sea, que no había finalmente melanoma ni nada. Bien seguimos con lo ocultado por el perito, la “N” significa nódulos, o sea, ganglios, y el “0”, pues cero, y ello en conjunto significa que... “ NO HAY AFECCIÓN A LOS GÁNGLIOS LINFÁTICOS”, cero, no hay nada. Y la “M” significa metástasis, con el “0”, que es cero, lo que nuevamente significa que... “ NO HAY METÁSTASIS”, cero, nada de nada. Por lo tanto esto es ocultación por parte del perito médico en su informe por el motivo de querer resaltar con mala fe, sólo lo que e conviene para montar una mentira y confundir a la jueza, ya que si explicase profesionalmente lo que ya acabamos de ver, eso significaría reconocer la verdad, el que no tuve metástasis, ni cáncer, ni nada, sólo la extirpación de un lunar que resultó ser un melanoma, y que con las debidas actuaciones médicas quedó erradicado, y sin más consecuencias, de ahí la prescripción final de vida normal y sin tratamiento de ninguna clase, y esto no se le prescribe a una persona con cáncer, pues ya sabemos todos lo que significa padecer un tratamiento de cáncer.


En juicio después de tratar de defender su informe este perito médico, confundiendo y omitiendo todo y más, a la insistencia de mi abogado, no tiene más que reconocer que la palabra metástasis sólo aparece en mis informes en Octubre de 2012, mucho después de la firma del seguro, pero esto la Jueza..., lo ignoró, y lo obvió a pesar de su importancia, dándole esta Jueza sólo valor a la declaración engañosa de este perito, para coger una prueba de imagen que me hice en la fecha del seguro ( antes de la firma), y utilizar esto como que yo ya sabía que tenía metástasis, cosa que es totalmente ridícula, porque los resultados de esta prueba de imagen no los dan hasta casi tres meses después. Lo que en la jueza por ignorancia influyó también, fue el que el perito médico no paraba de decir en toda su intervención, que no se dijera más lunar, llegándose a molestar bastante, por querer que se dijera siempre melanoma, y que melanoma es cáncer, pero sin advertir, y con una actuación que deshonra a su profesión, que ese lunar que se me extirpó, y que era efectivamente un melanoma, se quedó allí, en las probetas de los profesionales médicos que lo extirparon y lo analizaron, ya que ocultó que con el resultado del T2N0M0, y la prueba del ganglio centinela, se confirmó científicamente que el melanoma no pasó a más, ni a ganglios, ni se extendió, nada de nada, ni rastro, y por ello se me diagnosticó, vida normal, sin tratamiento alguno de ninguna clase, mas que una vigilancia de todos mis lunares como a todas las personas se les suele recomendar, nada más. Pero claro, este patético perito médico, eso lo oculta porque no le vale a Ocaso al decir la verdad, que es quien le paga, y es más, apoya el que me estuviera tratando de cáncer, el que me hiciera un Pec-Tac, una prueba de imagen que contiene radioactividad, ¿ saben que otra prueba de imagen tiene radioactividad ?, ¡ síííí !, las radiografías, así que tengan cuidado, porque según este perito..., si usted se hace una prueba de imagen que contenga radioactividad, usted se está tratando de un cáncer. Si este deplorable perito médico dijera la verdad, no diría que un Pec-Tac es un tratamiento contra el cáncer, diría que..., la quimioterapia es un tratamiento contra el cáncer, y que la radioterapia también, y la inmunoterapia, y otros tratamientos de fármacos que puedan ir directos a combatir las células cancerígenas o metástasis, pero nunca argumentar que un Pec-Tac, uno solo, eso era que me estaba tratando de cáncer, porque esto..., es querer confundir de mala fe con una falsedad.


Bien pues de todo esto, la culpa es de la Jueza, por ignorancia e imprudencia grave al no estudiar con detenimiento lo que realmente dicen los informes médicos, y suscribirse a la falsedad montada por Ocaso y su perito médico con una ARBITRARIEDAD mayúscula.


Y voy a decir también, otra cosa más, porque ya metidos, ¿ para qué le vamos a quitar otro mérito más a la Jueza ?, bueno..., otro demérito en este caso, para dejar atrás el sarcasmo.

A ver, de manera que todo lo que declaran los agentes de seguros les parece verás, cuando son parte implicada y de alto interés, pero sin embargo las declaraciones de mi mujer, no solo no las tiene en cuenta sino que además las trastoca, y reinterpreta, para decir que mi mujer entró en una contradicción, cuando escuchando lo que mi mujer dijo literalmente es lo que quiso decir y dijo, “ Los agentes de seguros nunca me hicieron el cuestionario ese de salud que presentan ahora, lo único que hicieron fue tomar nota en un folio en blanco de los datos personales de la familia, ¡ solo datos !, y dijo cuales fueron, tales como nombres, direcciones, dnis, en fin, datos generales y no sobre ningún cuestionario de salud, lo cual lo dejó bien claro que no se me hizo”, pero sin embargo la jueza coge las declaraciones del abogado de Ocaso y las hace suyas, para decir lo mismo que este, sin atender a lo que dijo mi mujer , y la literalidad de sus las palabras, para trastocar y reinterpretar las palabras de ella y decir que... “ la mujer de demandante, entró en una contradicción porque dijo que las respuestas las iban anotando en un folio en blanco cuando en realidad la firma del demandante estaba en el cuestionario, luego carece de lógica que la firma esté en el cuestionario y las respuestas en un folio en blanco” . ¿ entienden ustedes la incongruencia y manipulación de lo que se alega en este párrafo por la Jueza y el Abogado de Ocaso ?. O sea, cogen la declaración de mi mujer y la modifican toda a su antojo, así, sin más, cogen de las palabras de mi mujer lo de que... “ iban anotando en un folio en blanco”, y lo de..., “ mi firma”, para mezclarlo todo incongruentemente, para que les cuadre con que mi mujer entró en una contradicción porque..., “como ella dijo que anotaron todo en un folio en blanco, y la firma mía está en el cuestionario, carece de toda lógica el que le hicieran las preguntas del cuestionario para anotarlas en un folio en blanco y que luego mi firma esté en el cuestionario”. Esto se llama reinterpretar y manipular las palabras de una mujer, si señor. A ver señora Jueza, mi mujer dijo que NO SE ME HICIERON PREGUNTAS DE NINGÚN CUSTIONARIO DE SALUD, bien, pues partiendo de esta premisa, para que la tengan en cuenta, luego siguió diciendo que lo único que anotaron fue... DATOS FAMILIARES, ¡ DATOS ! , Y NO RESPUESTAS A NINGÚN CUESTIONARIO DE SALUD, que eso ya lo dejó bien claro, Y ESOS DATOS DE LOS QUE SE TRATABA LOS DIJO, NOMBRES, DIRCIONES, DNIs, ¡ DATOS !, Y NO RESPUESTAS A PREGUNTAS DE SALUD. ¿ Donde está la contradicción de mi mujer ?, ¿ que mi firma está en el cuestionario de salud ?, perfecto, como si está en la frente del mismísimo agente de seguros, ¿ aquí qué tiene que ver donde esté mi firma o no ?, para interpretar la literalidad de lo que mi mujer declaró, ¿ qué tiene que ver el que ella diga que tomaron esos datos nombrados en un folio en blanco, con que mi firma esté o deje de estar en el cuestionario ?. Mi firma está en el cuestionario por engaño, yo les firmé la solicitud del seguro de vida, que fue lo único que me dijeron, y los datos de la familia los tomaros en un folio a parte, y mi mujer declaró la verdad y no hace falta que se trastoque o reinterprete lo que quiso decir, pues su declaración es clara, explícita y literal, y no hay comprensiblemente ninguna contradicción,


¿Un ejemplito de lo que reinterpretó la jueza ?


Sería como interpretar que..., si alguien dice que pintó algo de verde porque tenía un bote pintura de color verde, y entrar a interpretar que lo que ha querido decir es que pintó de verde porque cogió primero pintura amarilla y la mezclara con pintura azul, para sacar el verde, sin atender a la literalidad de que sólo dijo que pintó con un bote de pintura verde, sin tener que llegar a mas interpretaciones absurdas de como existen dos botes más de pinturas, uno de azul y otro de amarillo, y lo que pintó de verde fue por haber mezclado los otros dos, el azul y el amarillo, sin atender a la literalidad que si tenía ya un bote de color verde y dijo que con ese fue con el que pintó, ¿ para qué iba a mezclar los otros dos ?, si había realmente tres botes independientes de color, el verde, ( papel en blanco con los datos ), el azul ( mi firma ), y el amarillo ( el cuestionario de salud ), serían ganas entonces de liar o trastocar lo que lógicamente esa persona dijo e hizo.


Recopilamos todo y..., ¡ atención !, su Ilma. Señoría.


1º Aceptar y apoyar su sentencia en testigos que no lo son tal y como contemplan las mínimas condiciones que estos deben cumplir, pues fueron parte interesada en el contrato de seguro, o sea, la otra parte del contrato con intereses, y no terceras personas objetivas y sin interés alguno con alguna de las partes, y además son los culpables de haber rellenado de su puño y letra un documento fraudulento, por abuso de firma, y falsedad documental, que les podría acarrear hasta penas de cárcel, luego está claro que nunca iban a declaran nada que perjudicara a la aseguradora, pues sería lo mismo que delatarse ellos mismos.


2º Aun a sabiendas de que, la doctrina judicial dice que:, “ la firma en el cuestionario de salud carece de trascendencia, si según como valla rellenado el cuestionario de puño y letra por los agentes, se pueda deducir que este no fue rellenado con las respuestas del asegurado”, pues usted no sólo no atendió a lo dudoso del rellenado de ese cuestionario, yendo en contra de la doctrina jurisprudencial, sino que aceptó como válidas las declaraciones de los culpables de haberlo rellenado para apoyar el que, “ mi firma está ahí porque ellos dicen que me hicieron el cuestionario ”, algo carente de lógica, pues ellos, los agentes estafadores, nunca iban a declarar la verdad. Además señora Jueza, usted no tuvo en cuenta las falsedades e incongruencias en la primera pregunta del cuestionario, donde quedó claro que puso de su puño y letra una mentira el agente de seguros, e incluso en juicio soltó sin más y sin ser preguntado una acusación directa sobre mí, y sin indagar a fondo sobre la fecha puesta sobre la firma, que teniendo que ser la misma que cuando plasmé mi firma, era muy posterior, lo que demostraba su posterior rellenado sin estar yo delante.


3º Para seguir con su arbitrariedad, ignorancia, e imprudencia grave, usted ninguneó todo informe médico y sus fechas, para entrar en el juego del perito médico y del abogado de Ocaso, “dejándose engañar”, para decir falsamente que yo sabía que estaba padeciendo un cáncer porque estaba en tratamiento de este, sin atender a que yo estaba dado de alta trabajando, y sin tratamiento alguno de nada desde 2010, con prescripción de vida normal, y que para apoyar todas estas falsedades frente a todos los informes médicos que apoyaban esta verdad, usted se agarró a la manipulación del perito y del abogado de Ocaso, para acoger como suya la convicción de aceptar, que como tratamiento contra el cáncer, le vale una simple prueba de imagen, ( Pet-Tac ), y alegando además que se me hizo antes de la firma del cuestionario, cuando eso tampoco fue así, aunque carece de importancia ese detalle pues los resultados de esa prueba de imagen no se me comunicó, tal y como viene en los informes médicos, hasta septiembre de 2012, mucho después de la firma del seguro, pero es que además, no se pudo confirmar lo que se vio en los resultados de esa prueba de imagen, hasta que no me operaron en Octubre de 2012, para ahora sí, analizado lo extraído, confirmar que había surgido una metástasis. Por lo tanto, es una falsedad como un camión, el que usted apoye sus aseveraciones contra mi, diciendo que..., yo conocía que tenía metástasis o cáncer pues me hice esa prueba de imagen, ya que como he explicado, y es lo que dicen los informes, el resultado de esa prueba no sale hasta Septiembre de 2012, y aun así, para confirmar los indicadores malignos que esa prueba pueda encontrar, hay que proceder con la intervención quirúrgica que en Octubre me hicieron.


4º Hay algo también importante y pasado por alto, la aseguradora ya era conocedora de que en ese cuestionario había una mentira en la primera pregunta, ya que en esa pregunta, la de... “ ¿ Tiene más seguros de vida o accidentes ?, ( en caso afirmativo indique la entidad y capitales )”. Pues bien, aquí puso el agente de seguros un “NO” como en todo el cuestionario, y puesto que ese cuestionario lo revisa la compañía con lupa, y esta es la responsable de aceptarlo, es la responsable igualmente de aceptarlo con sus deficiencias o falsedades, y en esta pregunta fue lo que la comañía hizo, pues la compañía tomó como válida esa respuesta aun a sabiendas de que era falsa, ¿ y por qué...?, pues porque era conocedora que el asegurado era transportista autónomo, era conocedora que trabajaba en carretera, y por consiguiente era conocedora de que obligatoriamente tenía seguro de accidentes, y estaba cubierto por accidentes. Aquí tenemos que la compañía aceptó un cuestionario en la que su primera pregunta ya tenía una grave falsedad, y de ahí en adelante todo el cuestionario estaba respondido de igual dudosidad con todo marcado con un “NO”, y por ello la compañía de seguros es culpable de aceptar un cuestionario así, y por ello según la Ley no pude reclamar al asegurado por ello, ni puede hacer recaer la carga de un cuestionario así después de haberlo aceptado como válido aun a sabiendas de su dudosidad con una falsedad en una de sus preguntas. ¡ TOMA YA PILLADA !. La ley contempla el que la aseguradora tiene un tiempo para revisar el cuestionario, y si no hace uso en ese tiempo de su derecho a poner objeciones, o de rechazo hacia ese contrato a sabiendas de haber algo perjudicial en ese cuestionario, nunca puede hacer culpable al asegurado por ello, y no puede poner como excusa dicho cuestionario para eximir su obligación de indemnizar al asegurado. Luego el cuestionario ese no es imputable al asegurado y sí a la aseguradora, por mucho que esté todo rellenado con falsedades, pues tuvo en su momento según Ley la ocasión de rechazarlo, y aun así lo lo hizo y lo aceptó quitándole trascendencia, y por ello pasado el tiempo no le puede imputar al asegurado nada, ni usar dicho cuestionario, como hemos dicho para negar la indemnización.


Se entiende que hay dolo o culpa grave si las reservas e inexactitudes se producen con la intención de engañar al asegurador o con una falta extrema de diligencia. En este caso, el asegurador puede rescindir el contrato en el plazo de un mes desde que conoce las citadas circunstancias. Si no lo hace en ese plazo, no podrá hacerlo en un futuro y se entiende que los vicios quedan sanados”.


Y si el seguro es de vida...


Si nuestro contrato de seguro es de vida, el régimen difiere ya que, transcurrido un año desde la firma de la póliza , el asegurador no podrá rescindir el contrato, por mucho que haya tenido conocimiento de los errores o inexactitudes después de dicho año”.


Aquí en este cuestionario de salud que sacan con mi firma, firma que es para validar la solicitud del seguro, pues está rellenado por los agentes de seguros con la intención de engañar a la compañía, y si la aseguradora no hizo uso de rescindir el contrato aun a sabiendas del rellenado dudoso de mano de sus mismos agentes de seguros, e incluso con una falsedad en la primera pregunta conocida por la aseguradora, luego después de dos años pagándoles el seguro no se puede agarrar a este dudoso cuestionario para eludir la indemnización al asegurado, ya que en su día aceptó tal y como iba, sin poner reservar a la falsedad que llevaba , y a lo dudoso de su rellenado.


Y señora jueza, usted debió aplicar aquí lo que la Ley contempla, y si no lo hizo por ignorancia o dejadez de sus funciones..., “!!!!!!”.


5º Este punto no lo iba a poner, pero..., una vez más no le quiero quitar méritos, y ahora sí dejo ahí el sarcasmo. Usted dejó salir de la sala al testigo principal, el agente de seguros que rellenó el cuestionario, cuando fue el primero en declarar, y con la excusa de que tenía una cita médica lo dejó salir después de declarar aun a sabiendas que fuera en los pasillos se encontraban lo demás testigos afines a este agente de seguros y a Ocaso, luego pudo intercambiar toda la información que quiso sobre el juicio con quien aun tenían que declarar, ya que al ser mi mujer la que entró después de salir él, tuvo mucho tiempo mientras declaraba mi mujer de haber podido informar de todo al otro agente compañero suyo, y al perito médico. Esto..., vulnera mis derechos a un juicio justo, transparente, y sin estar viciado. Hay más detalles como estos, pero me los guardo porque ya tiene bastante para quedar retratada con lo que he desvelado. 

A parte de todo...

Sólo con el detalle de la Jueza de intentar dar la vuelta a las declaraciones de mi mujer para decir que son contradictorias, cuando no lo son, y ahí están, mientras que no advierte ninguna contradicción en los agentes de seguros, u obvia claramente que mintieron quitándole trascendencia a estas falsedades y contradicciones, pues sólo con esto ya se puede advertir la arbitrariedad y vuelco de la balanza a favor de Ocaso. contrastando mucho con resaltar supuestas declaraciones contradictorias (inexistentes) de mi mujer, que lo único que dijo fue que no me hicieron el cuestionario de salud, y que las únicas preguntas que nos hicieron fueron sobre datos familiares y que ellos los apuntaron en un folio en blanco, y que nada tiene eso que ver con que mi firma esté en un cuestionario de salud, pues esa firma es igualmente necesaria en ese documento ambiguo y engañoso que sirve del mismo modo de solicitud, y es el único que presentan como solicitud a firmar llevando un cuestionario de salud incorporado, del que sólo los agentes tienen el poder de decírtelo o no,  de ahí la lógica de hacernos preguntas en un folio en blanco sobre datos familiares que no tienen nada que ver con cuestionario de salud, para después hacerme firmarles la solicitud a parte y así llevarse el cuestionario que lleva esa solicitud sin rellenar con la trampa de que mi firma lo valida igualmente. 

La jueza obcecada y nublada con la falsa convicción de que yo me sabía enfermo de cáncer a la firma del seguro, ya solo aportó contradicciones inexistentes en las declaraciones de mi mujer, y ahí están en el video que se pueden contrastar, y que no necesitan ser reinterpretadas. E..., increíblemente...., sí quita trascendencia a contradicciones y falsedades muy claras de los agentes de seguros, que son además muy importantes, como por ejemplo con la contradicción sobre pregunta  que les hace mi abogado sobre la primera pregunta del cuestionario,  donde estos agentes se les pilla una grave contradicción o mentira, y..., que ya con esta sólo, la Jueza tendría que haberlos declarado como no válidas sus declaraciones, y por un detalle muy importante, SE ESTABA TRATANDO DE DILUCIDAR SI REALMENTE ME HABÍAN SOMETIDO AL CUESTIONARIO DE SALUD, CUESTIONARIO QUE LLEVA TODO MARCADO CON UN "NO" COMO RESPUESTA, Y SIENDO ESTO MUY DUDOSO, CON LO QUE..., YA CON ESA FALSEDAD PODÍA HABER DESCUBIERTO LA VERDAD, " EL CUESTIONARIO FUE RELLENADO SIN MIS RESPUESTAS Y YA SIN ESTAR YO DELANTE COMO DEMUESTRA LA FECHA PUESTA DE 8 DÍAS DESPUÉS SOBRE MI FIRMA, Y EL COPIADO EXACTO Y LITERAL EN ESE CUESTIONARIO DE  SALUD DE UN PÁRRAFO QUE YO LE MANDÉ POR CORREO ELECTRÓNICO 8 DÍAS DESPUÉS.

Puesto que se estaba tratando de dilucidar si me sometieron o no a ese cuestionario de salud, precisamente por ese motivo, la contradicción o mentira pillada a esos agentes de seguros en una de esas preguntas rellenada por ellos, cobra una importancia realmente especial y esencial, pues los deja delatados, o como se suele decir con el culo al aire. ¡ Es increíble y sospechoso que la jueza pasara por alto esto !.


Señora Jueza..., Usted ha prevaricado por ignorancia e imprudencia al dejarse engañar por este montaje, teniendo toda la verdad ante sus narices, y aun así dictar arbitrariamente.



  • Tenemos el Artículo 10 de la LCS, que dice:El tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él”.


  • Tenemos la doctrina jurisprudencial del TS, que dice que, “ en los casos en que el cuestionario es rellenado por los empleados de la compañía aseguradora sin que se haya recabado de la tomadora del seguro la contestación de las preguntas, por mucho que aparezca su firma al final del cuestionario, no habrá habido infracción del deber de declarar aquella circunstancia relevante para la determinación del riesgo, porque de hecho no habrá sido preguntado por ella” . O sea, la firma en el cuestionario de salud es intrascendente si según como esté rellenado dicho cuestionario se pueda comprobar que este no fue rellenado con las respuestas dadas por el asegurado.

  • Tenemos que también doctrina dice..., “La STS núm. 572/2019, de 4 de noviembre, rec. nº 2061/2016, ha sintetizado la doctrina jurisprudencial sobre la materia en los siguientes términos: “(1) que el deber de declaración del riesgo ha de ser entendido como un deber de contestación o respuesta a lo que pregunte el asegurador, sobre el que además recaen las consecuencias que derivan de su no presentación o de la presentación de un cuestionario incompleto, demasiado genérico o ambiguo con preguntas sobre la salud general del asegurado claramente estereotipadas que no permitan al asegurado vincular dichos antecedentes con la enfermedad causante del siniestro; (2) que el asegurado no puede justificar el incumplimiento de su deber de respuesta por la sola circunstancia de que el cuestionario sea rellenado o cumplimentado materialmente por el personal de la aseguradora o de la entidad que actúe por cuenta de aquella si está probado que fue el asegurado quien proporcionó las contestaciones a las preguntas sobre su salud formuladas por dicho personal; (3) que el cuestionario no ha de revestir una forma especial de la que deba depender su eficacia, admitiéndose también como cuestionario las ‘declaraciones de salud y (4) que lo que esta sala debe examinar es si el tipo de preguntas formuladas al asegurado eran conducentes a que este pudiera representarse a qué antecedentes de salud conocidos por él o que pudiera conocer se referían, es decir, si las preguntas le permitían ser consciente de que, al no mencionar sus patologías, estaba ocultando intencionadamente datos relevantes para la exacta valoración del riesgo y causalmente relacionados con el siniestro”

  • Tenemos que la acepción o significado de, “agente de seguros”, a la hora de actuar en nombre de la aseguradora en un contrato de seguros de vida es, “asegurador”, pues toma ese estatus al ir encomendado por la aseguradora y estar autorizado para llevar en su nombre ese contrato, luego a la hora de firmarse un contrato de vida, actúa como, la otra parte del contrato, una parte es el asegurado, y la otra es el asegurador, ambos con intereses en ese contrato, Luego Tenemos que los agentes de seguros son el asegurador y parte más que interesada, y no una tercera sin oficio, ni beneficio, ni interés en ninguna de las partes, pues es una de las partes.

  • Tenemos que el cuestionario no está rellenado de puño y letra por el asegurado.

  • Tenemos que el cuestionario esta rellenado de puño y letra por el agente de seguros.

  • Tenemos que las normas de rellenado del cuestionario, impresas en el mismo cuestionario dicen que siempre tiene que ser rellenado de puño y letra por el asegurado, además no lo dice sólo en las normas, sino que en el encabezado de dicho cuestionario y bien destacado remarca la obligación de ser rellenado siempre de puño y letra por el asegurado.

  • Tenemos que la excusa del agente de seguros para incumplir las mismas normas de rellenado es que lo rellena él mismo por si se equivoca el asegurado al rellenarlo.

  • Tenemos que la jueza acepta esa excusa del agente de seguros aun yendo en contra de las mismas normas de ese cuestionario de salud, y yendo en contra de los derechos del asegurado a poder ser el mismo quien se hubiera podido expresar sus propias respuestas, y suponiendo esto ademas un abuso contra el asegurado al suponerle una falta de capacidad intelectual, o analfabetismo, para no ser apto por sí mismo de rellenar un simple cuestionario tipo test.

  • Tenemos un cuestionario con un rellenado dudoso, con todas las respuestas en negativo con un “NO”, y que el asegurado dice no saber nada de este, porque no se lo han hecho, y que él sólo firmó la solicitud del seguro de vida, junto con otros que también le hicieron estos agentes de seguros.

  • Tenemos que ese rellenado todo con un “NO” a las preguntas sólo perjudican gravemente al asegurado.

  • Tenemos que ese rellenado todo con un “NO”, a las preguntas sólo beneficia a la aseguradora.

  • Tenemos unos agentes de seguros que dicen que sí se le hizo ese cuestionario al asegurado, y que el respondió a todo que “NO”.

  • Tenemos entonces la palabra de una de las partes contra la otra, asegurado contra asegurador.

  • Tenemos que Ocaso y la Jueza dicen que la firma del asegurado está en el cuestionario de salud, pero no aprecian que a la vez, esa firma también es de la solicitud, o sea, una misma firma para dos cosas, solicitud y cuestionario, siendo ese documento ambiguo en cuanto a su validación con firma, lo que supone ser un documento algo dudoso.

  • Tenemos la solicitud del seguro de vida, y que esta tiene que ser firmada por el asegurado, y que el cuestionario de salud va con esta solicitud, y la firma del asegurado es la que valida los dos documentos, o sea, una firma para firmar la solicitud que valida igualmente el cuestionario. El asegurado solo tiene que firmar una vez para solicitar el seguro, y esa firma vale para confirmar que se le ha hecho el cuestionario, con lo que si el asegurado firma la solicitud del seguro y el agente no le hace el cuestionario al asegurado y no le informa de este, el agente de seguros se puede llevar un cuestionario de salud sin rellenar pero con la firma dela asegurado, lo que nos devuelve al párrafo anterior de ser un documento dudoso.

  • Tenemos que Ocaso trae como testigos a los agentes de seguros, que son parte interesada pues fueron los que realizaron el contrato entonces, y además el cuestionario está relleno de puño y letra por ellos mismos, con unas respuestas que perjudican al asegurado quien dice que ese cuestionario no se lo hicieron, y como ya hemos dicho con las respuestas todas con un “NO” que sólo beneficiaron a ellos mismos y a la aseguradora.

  • Tenemos que el asegurado trae como testigo a su mujer, que estaba presente en las contrataciones de los seguros, y que es parte interesada.

  • Tenemos que la Jueza admite como testigos válidos a los agentes de seguros, al no ser parte interesada según la jueza por motivos de: no trabajar uno ya para la compañía, y el otro no haber cobrado comisión al ser el agente jefe del otro e ir para enseñarle, según este agente inspector.

  • Tenemos que la Jueza admite como veraces las declaraciones de los agentes de seguros.

  • Tenemos que la Jueza no admite como veraces las declaraciones de la mujer del testigo y encima las tacha de contradictorias. ( cuando no lo son ).

  • Tenemos contradicciones y falsedades claras en juicio oral de los agentes de seguros, porque eso sí que está grabado en video, pero la Jueza lo declara intrascendente.

  • Tenemos que una de esas contradicciones de los agentes de seguros, está impresa de puño y letra por el agente jefe de seguros en ese cuestionario de salud, a sabiendas ese agente de seguros de escribir una mentira de su puño y letra. Y que en sus declaraciones del porqué hizo eso, primero declaró algo fuera de lugar para un testigo independiente y sin interés en ninguna de las partes, al responder que el asegurado querría ocultar enfermedad, cuando en realidad no fue preguntado por eso, pero que además, a la insistencia del abogado del asegurado para que le respondiera sin esa respuesta fuera de lugar y que no respondía a lo que se le preguntó, pues ese agente de seguros volvió a responder, ahora sí, con una contradicción o mentira, al decir que el asegurado le dijo que no tenía mas seguros de vida, cuando ya quedó claro en ese juicio oral, de que en la conversación entre ellos para ofrecerle el seguro de vida, el asegurado, ya le había dicho que tenia seguro de vida con su banco.

  • Tenemos que Ocaso trae un perito médico, el cual trae un informe, donde se apoya para decir que el asegurado se estuvo tratando de un cáncer con metástasis en ganglios linfáticos desde 2010 y hasta la fecha de la firma del seguro de vida.

  • Tenemos que la Jueza admite ese peritaje del perito médico como verás.

  • Tenemos que la Jueza, según esa declaración e informe de ese perito médico, atribuye al asegurado mala fe o dolo en ocultar en el cuestionario, el haberse estado tratando de un cáncer, y por ello haber un NO en el cuestionario de salud, donde se pregunta algo sobre cáncer, y que es rellenado de puño y letra por el agente de seguros.

  • Tenemos que, contradictoriamente a lo que dice el perito médico, los informes médicos del asegurado dicen que nunca se estuvo tratando de metástasis en ganglios linfáticos desde 2010 y hasta la firma del seguro de vida, que en 2010 le extirparon un lunar que resultó ser un melanoma, y que tras las preceptivas intervenciones y análisis de ese melanoma, se confirmó científicamente que: el lunar tenía un tumor que no llegaba a los 2 milímetros, que su extirpación fue total, y se procedió a la ampliar los márgenes de seguridad, y a la crucial prueba del ganglio centinela, lo que arrojó un fantástico resultado y tan bueno, como negativo en melanoma, o sea, que no había llegado a más, ni había metástasis, ni nada de nada, para lo cual se le prescribió vida normal y sin tratamiento alguno.

  • Tenemos que, al final el perito médico, en el juicio oral, a la insistencia del abogado del asegurado tuvo que reconocer que la metástasis en ganglios linfáticos en el asegurado no se supo hasta Octubre de 2012, mucho después de la firma del seguro.

  • Tenemos que en el informe de ese perito médico, basado en los informes médicos del asegurado, ha procedido con trastocar la realidad de los hechos, ocultar lo que no le convenía, con el único motivo de favorecer sólo a la aseguradora, tratando de influir y engañar a la Jueza.

  • Tenemos que la Jueza con ignorancia, dejadez, e imprudencia, por falta estudio y contraste de lo que los informes médicos del asegurado decían literal y realmente, contra el informe y declaraciones del perito médico. Con lo que se traga la falsedad del perito médico y sus ocultaciones con mala fe para ser influenciada en su sentencia.

  • Tenemos que el asegurado ha estado pagando sin saberlo un seguro que no le cubriría por nada en el futuro, al existir un cuestionario de salud con todas esas respuestas marcadas con un “no”. Luego contrató un seguro para coberturas de accidentes de tráfico y de enfermedades, que nunca le iba a cubrir el seguro, y es por ello, que pagaba un seguro a cambio de nada.

  • Tenemos que se le atribuye por parte de la Jueza al asegurado dolo y mala fe al responder con un “NO” en todas las respuestas de un cuestionario, entendiéndose que eso lo hizo para sacar un beneficio, cuando en realidad las respuestas marcadas todas con un “NO”, sólo le perjudicaban al asegurado, luego incongruentemente y paradójicamente, se le atribuye un dolo en las respuestas con el fin de perjudicarse a sí mismo, y que sorprendentemente las respuestas marcadas todas así en negativas, sólo beneficiaban a los agentes de seguros para que la compañía no les rechazara la contratación de un seguro más, y por lo tanto también beneficiaba a la aseguradora un cuestionario así respondido. ( Por ejemplo, cómo va a responder con dolo el asegurado a la pregunta de si conduce motos, con un “NO”, cuando SÍ la conducía, tenía una, y además el fin de la contratación del seguro de vida era porque le cubríaN los accidentes de tráfico, sería totalmente ilógico actuar con dolo en esa respuetas hacia sí mismo. Pues sin embargo, la Jueza..., esto lo ignoró, lo obvió, y no le dio trascendencia alguna arbitrariamente ).

  • Tenemos que la Jueza y el abogado de Ocaso se ponen de acuerdo en decir que sí en ese cuestionario se hubieran respondido otras cosas con un “Sí” la compañía de seguros hubiera rechazado hacerle el seguro de vida al asegurado.

  • Tenemos que a raíz de lo anterior, la Jueza ignoró, u obvió algo tan importante como que si la aseguradora hubiera rechazado la contratación de seguro, al asegurado no le hubiese supuesto problema ni perjuicio alguno, pues ya tenia un seguro de vida, el cual dio de baja cuando le contrataron este nuevo.

  • Tenemos que la Jueza no vio el alto interés en que ese cuestionario no esté relleno de puño y letra el asegurado, por lo obvio de todo lo anterior.

  • Tenemos que a raíz de lo anterior, que la Jueza obvió e ignoró, el que si la compañía de seguros hubiera rechazado la contratación del seguro de vida por el motivo del cuestionario sin ese falso rellenado con tanto “NO”, ¡ LOS ÚNICOS PERJUDICADOS HUBIESEN SIDO LOS MISMO AGENTES DE SEGUROS, AL NO LLEGAR A BUEN FIN UN TRABAJO REALIZADO POR ELLOS, Y NO HABER CONSEGUIDO VENDER UN SEGURO MÁS QUE ES SU MÁXIMO INTERÉS Y FIN, PUES DE LO QUE VIVEN ”.

Reflexionamos sobre todo y tenemos que..., la Jueza no aplicó la lógica y sí algo parecido a la prevaricación.


TODO ESTÁ TAN CLARO...





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