LA LEY Y LA JURISPRUDENCIA AL SERVICIO DEL PODEROSO
EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE CONTRATOS DE SEGUROS ESTÁ CONFIGURADO PARA FAVORECER SOLO A LAS ASEGURADORAS.
Los políticos lo saben, los jueces lo saben, los abogados lo saben, los agentes de seguros lo saben, y por supuesto que las aseguradoras lo saben.
Hay una grave aberración, abuso, falta de equilibrios, arbitrariedad, y posible prevaricación por parte de los legisladores en tal art. 10, y es que, se deja en manos de solo una de las partes…, EL PODER ABSOLUTO DE MANIPULACIÓN SOBRE EL CUESTIONARIO DE SALUD. El seguro es quien decide: cómo, cuándo, quien, dónde, y qué forma tiene que tener tal documento. Total..., como lo que buscan principalmente es, lo que solo les vale, el que valla con la firma del asegurado...., más que nada porque, por mucho que diga la jurisprudencia que, "-un cuestionario no vale solo con llevar la firma del asegurado", siguen los jueces incomprensiblemente aceptando en los juicios la palabra de los mismos agentes de seguros que rellenaron el cuestionario de salud como testigos de que la firma del asegurado se produjo después de ser preguntado por las cuestiones de ese cuestionario de salud, ¡toma ya justicia y equidad!, incluido cuando se trata de cuestionarios tipo test muy sospechosos. Es..., aceptar la palabra de los mismos que te engañaron o cometieron tal fraude de firma como total prueba de que ellos no lo hicieron, y a eso se llama, poner al zorro a vigilar a las gallinas.
Nunca puede prevalecer en un juicio la palabra de un agente de seguros por encima de la palabra del asegurado. El agente de seguros, cuando actúa en la contratación..., es parte interesada, y como va de parte del seguro, en dicha contratación hace el papel del seguro, luego en juicios no se puede aceptar la palabra de una de las partes por encima de la otra, y eso..., se está permitiendo, a mi caso les remito.
Hay una flagrante y bochornosa falta de equilibrio entre las partes, de tal manera que hay innumerables formas o triquiñuelas con las que te pueden sacar tu firma en tal cuestionario sin que tú te enteres, una de ellas es perpetrando el fraude estipulado en lo penal como, abuso de firma, ya que te pueden decir que les firmes simplemente la solicitud, pero, sin advertirte de que dentro va un cuestionario de salud, (mi caso), pero como esto, hay muchas artimañas más, ya que incluso a un cuestionario que realmente tú si has rellenado en forma de test, les pueden añadir hojas con más preguntas si les diera la gana, y respondidas con lo que les de la gana marcadas por el mismo agente o por quien le interese en concordancia con la aseguradora, total, ¿ quién supervisa si tal documento era así o no ?, como no están obligados a presentarlo en un registro exterior y estipulado para la defensa del asegurado. Si se regulara tal cuestionario dentro del art. 10, se debería de introducir, entre muchos requisitos más, la obligación de quedar registrado en un organismo de defensa del asegurado independiente a la compañía. Tal cuestionario debería de revestir una total veracidad a falta del blindaje notarial, y se debería de adjuntar en la misma LCS, un modelo obligatorio para todas las aseguradoras. ( todo esto y mucho más sobre el cuestionario está propuesto ante el Comité de Peticiones del Congreso, o sea, que ya lo tienen conocimiento, pero..., de momento lo ningunean, suponiendo ello un incumplimiento por parte de los responsables públicos por tal dejadez de funciones a sabiendas de la existencia de una aberración o anomalía en las leyes. La constitución castiga esta postura por parte de funcionarios públicos ).
El art. 10, de esta manera, obligando a someterse a un cuestionario de
salud, pero sin regular tal cuestionario ni todo lo que rodea su entorno de sometimiento..., supone una aberración legal,
un abuso, una falta de equilibrios, y está configurado para que las
aseguradoras tengan ese arma para seguir evadiendo sus
responsabilidades.
Es el Caballo de Troya de las aseguradoras.
Actualmente la jurisprudencia no es eficaz y adolece de volcar la balanza hacia las aseguradoras, al no suplir con eficacia las deficiencias y aberraciones de una Ley de Contratos de Seguros que esconde un documento tan peligroso sin estar totalmente blindado para ambas partes contra la falta de la verdad y el abuso. No se puede admitir un simple cuestionario de salud en sustitución de un examen médico y estudio del historial del asegurado en favor de ahorro de costes de las aseguradoras y que encima ello..., conlleve ponerles tal poderosa arma en sus manos para poder seguir eludiendo sus obligaciones contractuales con el asegurado.
Sobre un cuestionario de salud no de de recaer duda alguna, ¡ ninguna !, pues debe cumplir con el más estricto requisito de la veracidad.
¡Ah!, y que conste, que el permitir en los juicios el que, un documento que lleva incluido dos contenidos con cometidos diferentes, "el de servir de solicitud", y, "el de cuestionario de salud", para ser validados con una sola firma..., ello es permitir un documento ambiguo y engañoso conformado para poder ser usado con motivos de la utilización de una firma para dos contenidos diferentes. ¡¡¡ Y eso se está permitiendo !!!!, a mi caso vuelvo a remitirles.
A parte de esto, hay abogados que entienden lo mismo y aportan más aun. En el siguiente enlace puedes comprobarlo. Aquí